ÁREA ALOKABIDE
 


 

 

 

 

 

 

 

 Condiciones generales del contrato

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
     
 
 

Cláusula novena

Ocupación de la vivienda: El arrendatario debe habitar la vivienda en el plazo de un mes de la firma del contrato de arrendamiento, dedicando la vivienda como domicilio habitual y permanente.

La vivienda tiene que conservarse en buen uso siendo por cuenta del arrendatario las reparaciones por el desgaste ordinario o por averías imputables al inquilino.

También de deberán cumplir la Normas de Comunidad fijadas, normativa legal respecto a ruidos, olores y relaciones de vecindad.

El arrendatario deberá entregar a Alokabide el correspondiente de Certificado Municipal de Empadronamiento.

 

 

 
         
 

Información legal