| La
renta se calcula en función de la función de la
normativa vigente a la fecha de la realización del contrato
de arrendamiento.
Forma de abono de la renta
La
renta se abona mediante el correspondiente recibo bancario domiciliado
en la cuenta bancaria que nos ha facilitado el arrendatario/inquilino.
El
día en que se pasa el recibo es el día 5 de cada
mes.
La
renta se abona por mes anticipado, es decir, el día 5 del
mes, se abona la renta del mes en curso.
El
arrendatario/inquilino podrá cambiar el número de
cuenta donde desea abonar el recibo, antes de cada día
25 del mes, debiendo notificárnoslo por escrito, en nuestras
Oficinas de Atención al Cliente.
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